Cese y devolución de retenciones, percepciones y pagos a cuenta en la Provincia de Misiones

Acciones judiciales por el cese y devolución de retenciones, percepciones y pagos a cuenta del Impuesto sobre los Ingresos Brutos de la Provincia de Misiones con respaldo en jurisprudencia de la Corte Suprema de la Nación

IMPUESTOS PROVINCIALES

Calise Redondo Abogados

10/29/2026

En la Provincia de Misiones rigen múltiples regímenes de retenciones, percepciones y pagos a cuenta por medio de los que el Fisco termina recaudando por adelantado sumas superiores al impuesto que en definitiva corresponde.

Tal situación se presenta con mayor intensidad y evidencia en los casos de sujetos radicados en otras jurisdicciones que tienen una actividad sólo parcial en la Provincia de Misiones; casos en lo que, por aplicación del Convenio Multilateral, el impuesto final a abonar en la provincia es significativamente menor a lo pagado por adelantado, generándose así una sucesiva acumulación de saldos a favor que no se llega a aprovechar en los ejercicios siguientes.

En los últimos años la Corte Suprema ha venido objetando estos regímenes implementados por la Provincia de Misiones por considerarlos violatorios de las normas federales de la Constitución Nacional que garantizan el comercio interjurisdiccional y la libre circulación de mercaderías; y, en particular, mediante dos precedentes dictados en Agosto del corriente año, la Corte Suprema ha objetado la aplicación de los regímenes sobre contribuyentes de alto interés fiscal (RG DGR 03/93), acreditaciones en cuentas bancarias (RG DGR 35/02), mercaderías que ingresen a la provincia (RG DGR 56/07) y actividades económicas de procesamiento o elaboración de materias primas (RG DGR 1/10), concediendo medidas cautelares a empresas domiciliadas en otras provincias para que el Fisco de Misiones se abstenga de cobrar las correspondientes retenciones, percepciones y/o pagos a cuenta.

Si bien siempre son relevantes las circunstancias de cada caso, la jurisprudencia mencionada, emitida por el máximo tribunal del país, abona la posibilidad y conveniencia de iniciar las correspondientes acciones judiciales para obtener el cese de las retenciones, percepciones y/o pagos a cuenta por medio de una cautelar, así como su posterior restitución en una sentencia final al momento de finalizar el proceso.

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Especialistas en derecho administrativo, tributario y aduanero en Argentina.

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