Derecho Tributario

Contamos con formación y experiencia en: Impuestos nacionales, Ganancias, IVA, Bienes Personales, Monotributo - Impuestos provinciales, Ingresos Brutos, Sellos, Inmobiliario, Patentes - Tasas municipales, seguridad e higiene, habilitación, red vial, ecología - Multas, clausuras - Declaraciones juradas, verificaciones, determinaciones de oficio, retenciones y percepciones

ÁREAS DE PRÁCTICA

Ex Hotel Majestic, sede de antigua Dirección General de Impuestos, Avenida de Mayo 1301, CABA
Ex Hotel Majestic, sede de antigua Dirección General de Impuestos, Avenida de Mayo 1301, CABA

El derecho tributario es aquél que regula el ejercicio por parte de los diferentes entes estatales de la potestad de crear, aplicar y recaudar impuestos, tasas y demás contribuciones forzosas.

En el caso del Estado Nacional, el derecho tributario básicamente incluye, además de algunas tasas, los principales impuestos:

  • Impuesto a las Ganancias
  • Impuesto al Valor Agregado
  • Impuesto sobre los Bienes Personales
  • Impuestos Internos
  • Monotributo
  • Entre otros (Impuesto sobre los Combustibles Líquidos, Impuesto adicional de emergencia sobre los Cigarrillos, Impuesto a las entradas de espectáculos Cinematográficos, Impuesto específico sobre la realización de Apuestas; Impuesto sobre los Pasajes Aéreos al exterior, etc.)

A su vez, a nivel provincial, sin perjuicio de las especificidades de cada jurisdicción y algunas tasas retributivas de servicios prestados, el derecho tributario incluye principalmente:

  • Impuesto sobre los Ingresos Brutos
  • Impuesto de Sellos
  • Impuesto inmobiliario
  • Impuesto de patentes por la propiedad de vehículos (automotores y embarcaciones)

Por último, a nivel municipal, salvando particularidades de cada distrito, lo que se cobran son mayormente tasas por servicios, alguna contribución por obras y raramente algún impuesto:

  • Seguridad e higiene o salubridad
  • Alumbrado barrido y limpieza
  • Servicios urbanos
  • Mantenimiento de la red vial
  • Habilitación de locales
  • Construcción
  • Ocupación de espacios públicos
  • Publicidad
  • Colocación de antenas
  • Ecología y medio ambiente,
  • Entre otros

Asimismo, el derecho tributario regula también las consecuencias derivadas del incumplimiento de pago de la obligación tributaria:

  • Multas por omisión o defraudación
  • Clausuras
  • Embargos preventivos
  • Ejecuciones fiscales o juicios de apremio

Así como también todo lo relacionado con las obligaciones accesorias y de carácter formal, que se establecen en torno al cumplimiento del pago:

  • Declaraciones juradas
  • Inspecciones
  • Requerimientos
  • Verificaciones
  • Procedimientos de determinación de oficio o liquidación de impuestos
  • Anticipos
  • Retenciones
  • Percepciones
  • Pagos a cuenta

En general, los conflictos que pueden presentarse en esta materia, más allá de aquellos casos en los que los organismos incumplan la ley o los procedimientos establecidos, suelen definirse por la primacía de ciertos principios constitucionales del derecho tributario que establecen que los tributos deben ser creados y definidos por ley (principio de legalidad), así como que la imposición debe responder a una capacidad económica real del sujeto (principio de capacidad contributiva) y no debe superar cierto límite de razonabilidad luego del cual se torna en una confiscación (principio de no confiscatoriedad)