Tribunales Fiscales
Contamos con formación y experiencia en procedimientos y procesos ante: Tribunal Fiscal de la Nación - Tribunal Fiscal de la Provincia de Buenos Aires - Comisión Arbitral y Comisión Plenaria - Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires
ORGANISMOS Y TRIBUNALES


Los tribunales fiscales son órganos de naturaleza jurisdiccional, ubicados dentro de la esfera del Poder Ejecutivo, cuya función es dirimir con un criterio especializado e independiente, los conflictos tributarios entre el estado y los contribuyentes.
En su creación está la idea base de garantizarle al contribuyente una herramienta para que el estado no pueda cobrarle los tributos sin que antes un tribunal determine que los mismos efectivamente se encuentran de conformidad con lo que dispone la ley, por lo que un carácter esencial de los recursos que se interponen ante estos organismos es la suspensión de la exigencia de cobro durante el trámite.
El contribuyente puede acudir opcionalmente a estos tribunales o, en cambio, interponer los recursos administrativos o judiciales que correspondan según la vía procesal ordinaria. Sin embargo, esta opción recursiva sólo está habilitada a los casos en los que se discute sobre la procedencia o alcance de un tributo o sanción, razón por la que sólo llegan a conocimiento de los tribunales fiscales las determinaciones de oficio, las multas y las repeticiones de impuestos.


Tribunal Fiscal de la Nación
Es el tribunal administrativo en materia de tributos y aduanas correspondiente a la órbita del Estado Nacional.
El tribunal se compone de 7 salas, con 3 jueces denominados vocales por cada una de ellas. 4 de las salas se dedican a la materia tributaria y 3 a la materia aduanera. En el caso de las salas tributarias, la ley dispone adicionalmente que 1 de los jueces debe ser contador público.


Tribunal Fiscal de Apelación de la Provincia de Buenos Aires
Es el tribunal administrativo en materia de tributos correspondiente a la mencionada jurisdicción.
El tribunal se compone de 3 salas, con 3 jueces denominados vocales por cada una de ellas, debiendo ser uno de ellos contador público.


Comisión Arbitral y Comisión Plenaria
Son los organismos de aplicación del Convenio Multilateral mediante el cual las provincias pactaron cómo distribuirse la recaudación del Impuesto sobre los Ingresos Brutos cuando un contribuyente opera en dos o más jurisdicciones.
La Comisión Arbitral se compone de 7 miembros, 5 de ellos representan a las principales zonas del país y 2 a la Ciudad y la Provincia de Buenos Aires. Su tarea es dictar resoluciones interpretativas del Convenio y, también, resolver conflictos particulares en los que dos o más jurisdicciones se arrogan la recaudación del impuesto en un caso concreto respecto de un mismo contribuyente.
La Comisión Plenaria, a su vez, está compuesta por representantes de todas las provincias y funciona como revisora de lo que decide la Comisión Arbitral.


Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires
Es el organismo que declara, con facultades jurisdiccionales, por aprobado el manejo de los fondos públicos o, en su caso, determina su desaprobación, con la consiguiente responsabilidad del funcionario administrador correspondiente, a quien puede aplicarle sanciones de multa o inhabilitación.
Este tribunal se compone de 5 miembros, 1 abogado cuyo rol es el de presidente y 4 contadores públicos; y debe revisar anualmente las cuentas generales del estado y mensualmente aquéllas de cada uno de los poderes del estado y las entidades independientes. También, mediante delegaciones en cada una de las 17 zonas en las que se divide la provincia, controla las cuentas de los municipios.
Calise Redondo Abogados
Especialistas en derecho administrativo, tributario y aduanero en Argentina.
